El embargo hipotecario y su proceso.
El embargo hipotecario se puede alargar en el tiempo y superar un año de duración, el proceso requiere seguir unos pasos que te resumimos en ocho puntos:
1- Aviso
Transcurridos unos días del primer recibo impagado, que según el banco pueden ser tres días o llegar hasta 15, el banco establece comunicación telefónica con el afectado para informarle de la situación y de las medidas concretas que aplicará de seguir el recibo impagado.
2- Comunicaciones oficiales
Cuando ha pasado un mes del impago, el banco procede a enviar documentos oficiales por todos los medios posibles informando de las consecuencias y penalización que conllevará el impago.
3- Entrada en fichero de morosos
Transcurridos cinco meses de impagos, el deudor entra a formar parte de un listado público de morosidad ASNEF, con las correspondientes consecuencias.
4- Demanda judicial-notarial
El banco inicia el proceso de Ejecución Hipotecaria presentando una demanda ante el juzgado y requiriendo la actuación de un notario. La autoridad judicial decreta la ejecución del embargo y el deudor será informado en el domicilio que figure en las escrituras.
5- Anotación en el Registro de la Propiedad
El Registro de la Propiedad hace oficial la carga a través de una anotación.
6- Se convoca la subasta
Esta convocatoria se celebra entre el sexto mes y el año desde del primer impago. La fecha, hora y precio de salida se publican en el Tablón de Anuncios del Registro de la Propiedad, de los juzgados y del Ayuntamiento al que corresponda. La comunicación al deudor de esta información no es obligatoria.
7- Se celebra la subasta
Llegado el día concreto de la subasta, el notario o secretario del juzgado adjudica el inmueble a quien haya pujado más alto. Y si no se dan ofertas superiores al mínimo de salida estipulado, el banco se podrá quedar con la propiedad por el 60% de su valor. En este momento el deudor pierde la propiedad del inmueble a la vez que seguirá teniendo la carga cuando el precio pagado por el inmueble no supere la deuda pendiente.
8- Deshaucio
El deudor será invitado a marcharse de la vivienda y cuando se niegue a ello se procederá iniciar los trámites de desahucio. El juzgado fijará una fecha y una hora en que el nuevo propietario, junto a una comisión judicial y un cerrajero cambiará la cerradura y tomará posesión del inmueble. En algunos casos será precisa la presencia policial ante la resistencia persistente del deudor a abandonar el bien inmueble.
Cómo revertir el proceso
La REVERSIBILIDAD DE ESTE PROCESO ES POSIBLE, siempre que no haya finalizado el punto siete y para que esto suceda se tendrá que abonar toda la deuda restante más los intereses que haya devengado en el tiempo. Ten en cuenta que cuanto más te dilates en el tiempo más deuda se acumula por la penalización de intereses y comisiones bancarias. En La Hormiguita Real Estate te quitamos el problema de encima porque paralizamos la Ejecución Hipotecaria comprando tu piso de forma directa; sin intermediarios y sin letra pequeña.
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